Convocatòria d’eleccions a la Comissió d’Advocats/des Mediadors/es
2. Serán electoras todas las personas colegiadas que el día de la convocatoria electoral consten inscritas en la Comisión y no estén inhabilitadas.
3. Desde el 3 de julio de 2019 el censo electoral podrá consultarse por los interesados/as en la Secretaría del Colegio.
4. Podrán ser candidatas todas las personas colegiadas inscritas en la Comisión el día de la convocatoria electoral que, en el momento de ser proclamadas candidatas, reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar al corriente de las obligaciones colegiales.
b) No estar inhabilitadas.
c) No formar parte de la Junta de Gobierno ni del Comité Ejecutivo de la Comisión.
d) Llevar un año incorporadas a la Comisión.
El mandato de los miembros del órgano de dirección de la Comisión tiene una duración de cuatro años, con la posibilidad de una única reelección inmediata por un nuevo mandato.
5. Las candidaturas podrán presentarse en el Registro del Colegio dentro de los quince días naturales posteriores a la convocatoria y estarán firmadas por las personas candidatas, con indicación de su número de colegiación.
6. Las candidaturas, que serán cerradas e incluirán candidatos/as para proveer todos los cargos que salgan a la elección, responderán a criterios de paridad de acuerdo con la normativa vigente de aplicación y deberán tener una composición equilibrada de mujeres y hombres, de manera que en el conjunto de la lista los candidatos de cada uno de los sexos supongan como mínimo el cuarenta por ciento.
7. Las personas electoras podrán emitir su voto personalmente en la sede del Colegio entre las 11.00 h y las 17.00 h, en la que se cerrarán las urnas y se iniciará el escrutinio.
El secretario,
Jesús Sánchez García
Barcelona, 2 de julio de 2019
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