La CRAJ informa: atribución a determinados órganos judiciales el conocimiento de asuntos de "cláusulas suelo"
Os informamos que la Comisión Permanente del CGPJ, en consonancia con la previsión contenida en el art. 98.3 LOPJ, ha acordado atribuir a determinados órganos judiciales el conocimiento de los asuntos relativos a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias en los que los prestatarios sean personas físicas.
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