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NOTA DE PRENSA TAB: Encarna Roca, Miquel Sàmper y Emma Gumbert se incorporan al Consejo Asesor del Tribunal Arbitral de Barcelona

La nueva etapa del Tribunal Arbitral de Barcelona (2022-2026) con la Junta Directiva encabezada por el nuevo presidente, Frederic Munné, se inicia con la incorporación de tres destacadas personalidades al Consejo Asesor de la institución. 

Wed May 25 14:35:56 CEST 2022

Los juristas Encarna Roca, Miquel Sàmper y Emma Gumbert completarán el órgano consultivo del TAB junto a Jordi Gosalves, Anna Gener, Francisco Armas, Helena de Felipe, Nuria Chinchilla y Esther Giménez-Salinas.

Maria Encarnació Roca i Trias (Barcelona, 1944) ha sido magistrada de la Sala Civil del Tribunal Supremo (2005-2014) y del Tribunal Constitucional (2012-2021), del que también fue vicepresidenta durante cinco años. Académica, profesora universitaria y autora de varias obras sobre derecho civil, en 2012 fue investida doctora honoris causa por la Universidad de Girona y ha recibido distinciones como la Creu de Sant Jordi o la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica.

Emma Gumbert i Jordan (Girona, 1974) es abogada especializada en Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, vicepresidenta de la patronal PIMEC, docente, asesora y consejera de instituciones y empresas. También ha sido diputada de la Junta del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona y es miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA) y del Foro Español de Laboralistas (FORELAB).

Miquel Sàmper i Rodríguez (Terrassa, 1966) es abogado y ha sido decano del Colegio de Abogados de Terrassa, presidente del Consell de l’Advocacia Catalana y adjunto a la presidencia del Consejo General de la Abogacía Española. A su vez, ha sido uno de los impulsores de la primera Oficina de Intermediación Hipotecaria a nivel estatal. En el ámbito institucional, ha sido "conseller" del Interior del Gobierno de la Generalitat y concejal y teniente de alcalde del Ayuntamiento de Terrassa.

El presidente del TAB, Frederic Munné, ha afirmado que “es un orgullo que juristas de este prestigio y reputación profesional nos acompañen como miembros del Consejo Asesor del TAB en esta nueva etapa”.  Munné ha corroborado que “en este mandato, queremos potenciar la cultura arbitral y de resolución alternativa de conflictos, y estoy seguro de que lo conseguiremos contando con la experiencia y dedicación de todos los miembros del TAB y de su órgano asesor”.

Sobre el TAB y el Arbitraje

El Tribunal Arbitral de Barcelona es el órgano permanente de la Asociación Catalana para el Arbitraje que lleva a cabo la administración de los arbitrajes de acuerdo con la ley y con su reglamento, de conformidad con el código ético. Tiene como misión servir a la sociedad siendo una institución de referencia en el mundo del arbitraje, destacando por su excelencia en el servicio, con el foco de su actividad en Barcelona, ​​así como en los mercados de referencia nacional e internacionales.

La Asociación Catalana para el Arbitraje-Tribunal Arbitral de Barcelona (ACA-TAB) fue fundada el 15 de febrero de 1989 por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, ​​la Cámara de Comercio Industria y Navegación de Barcelona, ​​el Ilustre Colegio Notarial de Cataluña y el Consejo de los Ilustres Colegios de Abogados de Cataluña. La entidad nació a raíz de la promulgación de la ley 36/1988, que dio luz verde por primera vez al arbitraje institucional. En junio del 2009 se unió el Decanato Autonómico de los Registradores Mercantiles y de la Propiedad de Cataluña y, en abril de 2012, la "Associació Intercol·legial de Col·legis Professionals de Catalunya".

El arbitraje es un sistema de resolución de conflictos alternativo al procedimiento judicial en el cual un tercero imparcial, el árbitro, resuelve la controversia mediante un laudo definitivo. El laudo es equivalente a una sentencia judicial firme. Las partes pueden pactar que el arbitraje se desarrolle y se resuelva en derecho (aplicando estrictamente la norma jurídica que corresponda) o en equidad (el árbitro resuelve el conflicto según su sentido natural del que es justo), por el cual tendrán que determinar previamente qué tipo de arbitraje se identifica mejor con la materia y con el conflicto concreto que desean resolver.

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