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Nuevo turno especial para intervenir en macrocausas penales

En los últimos años, el número de letrados y letradas de oficio que intervienen en procedimientos penales de especial complejidad se ha ido incrementando. Muchos de estos compañeros y compañeras y, especialmente los que tenéis despachos unipersonales, nos habéis expresado vuestra preocupación por la problemática que representa tener que asistir a todas las sesiones de una macrocausa penal y atender el resto de asuntos (tanto de oficio como particulares) durante aquel periodo.

Mon Dec 01 11:51:20 CET 2025

Con el objetivo de dar soporte, respuesta y soluciones a todos aquellos letrados y letradas que vean en riesgo su futuro profesional por el hecho de tener que participar en una macrocausa designada por el turno de oficio, la Junta de Gobierno del ICAB, en fecha 8 de octubre de 2025, aprobó la creación de este nuevo turno de voluntarios/as, que se pondrá en funcionamiento el próximo día 1 de enero de 2026.

Cabe destacar que el artículo 10 del Reglament del Servei de Defensa d’Ofici i Assistència Jurídica Gratuïta de l’Il·lustre Col·legi de l’Advocacia de Barcelona prevé que “La Junta de Govern (...) podrà acordar, mitjançant resolució motivada, la creació de torns específics, podent establir requisits d’accés a aquests”. Por otro lado, el artículo 4. 2 indica que “en els torns específics que es puguin crear en el futur, la Junta de Govern podrà establir requisits específics que consideri adients amb la finalitat de donar compliment a l’obligació de la millor prestació del servei públic del Torn d’Ofici.”

A continuación, se detallan las características que tendrá este nuevo turno:

1. Definición de Macrocausa:

A efectos del nuevo turno, tendrá consideración de macrocausa cualquier procedimiento donde se hayan señalado más de 10 sesiones de vista (es decir, 11 o más).

2. Requisitos para causar alta:

El requisito para cursar alta en este turno, será estar inscrito o inscrita en el Servicio de Defensa de Oficio en el área general de Penal. Además, también se tendrán que cumplir los requisitos específicos del turno asociado al procedimiento judicial que se tenga que atender: años de ejercicio, despacho profesional en el área geográfica donde se tramite el procedimiento judicial y cursos de formación específicos.

3. Funcionamiento del turno:

El letrado o letrada designado/a inicialmente, en caso de no querer realizar la vista oral, deberá comunicar su renuncia durante los 5 días hábiles siguientes al momento en el que se le notifique la citación a la vista oral.

Esta renuncia será examinada y valorada por la Comisión del Turno de Oficio, quien tendrá en consideración lo que establece el apartado 1 del presente documento, y estará condicionada a que algún compañero o compañera inscrito/a en el turno de voluntarios de intervención en macrosausas acepte la causa.

Desde el Departamento del Turno de Oficio se llamará (por orden de inscripción) a los letrados y letradas inscritos/as en el turno de voluntarios. El letrado o letrada podrá no aceptar la designación si, por motivos de agenda, no le es posible asegurar su presencia en todas las sesiones de vista.

En el caso en que la Comisión del Turno de Oficio acepte la renuncia y haya algún compañero/a del turno voluntario que pueda asumir la defensa:

  • El Departamento del Turno de Oficio comunicará al juzgado y a los dos letrados/as designados/as el cambio de la dirección letrada del asunto.
  • La designa del abogado/a inicialmente designado/a quedará sin efecto, y no podrá justificar los módulos asociados a la vista oral, especial complejidad, recurso de apelación, casación o ejecutoria.
  • La designa del nuevo letrado o letrada asignado/a se extenderá desde el momento de la designación hasta la finalización del procedimiento, de acuerdo a lo establecido en el art. 14 del Reglament del Servei de Defensa d’Ofici.

En el caso en que la Comisión del Turno de Oficio no acepte la renuncia (o no haya ningún letrado/a del turno voluntario que pueda asumir la defensa), se comunicará esta decisión al letrado o letrada inicialmente designado/a, quedando su designa vigente para la resta del procedimiento judicial.

4.- Formulario de alta en el nuevo turno:

Para cursar alta en el nuevo turno, nos tendréis que enviar cumplimentado el siguiente formulario por correo electrónico a torn@icab.cat. Las designas se realizarán por orden de inscripción.                       

Para cualquier duda o aclaración, quedamos a tu disposición en el teléfono del turno de oficio (93.487.13.50) en horario de 9 a 14h.

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