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Colecciones históricas digitalizadas

BIBLIOTECA ICAB

Colecciones históricas digitalizadas

Este apartado está formado por algunas de las obras jurídicas antiguas que forman parte de la colección del ICAB y son de especial interés por su valor histórico y patrimonial. De esta forma se pone al alcance de las personas colegiadas, los estudiosos y el público en general una selección significativa del extenso fondo antiguo de nuestra Biblioteca que la hacen destacar, a nivel europeo,  en el ámbito de las bibliotecas especializadas en Derecho.

Históricamente, los abogados en la Corona de Aragón, cuando tenían pleitos importantes, imprimían las demandas para darlas a los jueces; esto explicaría la gran cantidad de literatura jurídica emanada entre los siglos XVI y XIX. Por lo tanto podemos decir, sin ningún tipo de duda, que las alegaciones jurídicas son una parte esencial de la historia del Derecho Procesal Catalán. Son un reflejo fiel de las posturas adoptadas por los abogados ante las dubia de los tribunales: así como peticiones, súplicas, exposiciones, instancias...

A esta colección de la Biblioteca del ICAB se le ha otorgado el nombre de Alegaciones, pero también podemos encontrar: decisiones, sentencias, disposiciones legales y alguna decisión canónica. La procedencia de estas alegaciones es diversa, pero en gran parte son donaciones que varios abogados barceloneses han hecho a la Biblioteca, como Soler i March, Verdaguer i Callís, Guillem M. de Brocà o Ernest Moliné.

La Biblioteca del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona cuenta con uno de los pocos ejemplares coloridos y completos del Gran Atlas de Johannes Blaeu conservados en todo el mundo. Esta auténtica joya bibliográfica y máximo exponente de lo que se ha denominado la Edad de Oro de la cartografía europea fue imprimida por primera vez en Ámsterdam en 1662. El atlas representa en sí mismo un fiel testigo del conocimiento del mundo en su tiempo, resultado de la expansión de la navegación de las marinas europeas en el desarrollo de las rutas comerciales impulsadas desde el siglo XV, cuando la desestabilización política y las luchas de religión convirtieron el Mediterráneo en un espacio inseguro.

La confección de mapas que expliquen la naturaleza física del mundo es muy antigua. Representar el mundo ha sido algo más que plantear una cartografía más o menos exacta de nuestro entorno. Estas representaciones remiten directamente a la manera en que a cada cultura se ha explicado el mundo y su relación con él.

Esta colección quiere enmarcar todas las obras de doctrina jurídica de los profesionales del Derecho de la península de los siglos XVI y XVII, así como las sentencias y decisiones que escribieron. Dentro de este contexto hispánico hay mucho autores y obras que los hemos organizado por orden alfabético. En esta colección de momento se encuentran más de trescientas obras, de más de setenta autores: castellanos, portugueses, valencianos y catalanes, que están ordenados alfabéticamente. El proyecto (actualmente es solo la primera parte) se enmarca no solo en la historia del DS¡erecho, sino también en la historia de la cultura, puesto que los jurisconsultos de la época moderna tuvieron una gran importancia no solo en el ámbito de la justicia, sino que tuvieron un papel relevante en la gobernación del reinos hispánicos, y fueron grandes transmisores de ideas y de cultura.

El Consulado de Mar son toda una serie de ordenanzas y de costumbres marítimas y comerciales de origen medieval, parece que inicialmente fueron redactadas en la ciudad de Barcelona. Es la gran aportación del Derecho Catalán al Derecho Mercantil. Esta compilación fue traducida a todos los idiomas predominantes en la Europa medieval y moderna: latín, catalán, castellano, italiano, inglés, neerlandés… Hecho que conformó esta recopilación fuera de facto el código de comercio que rigió todo el Mediterráneo, incluso sus normas fueron referencia y a menudo acontecieron Derecho común aplicable en todos los mares desde sus orígenes en el siglo XIII hasta que aparecerían los códigos de comercio el primer tercio del siglo XIX. En ellas se estipula todo el que puede pasar dentro del comercio marítimo, desde pagos, marineros, puertos, etc.

    En esta colección encontraremos toda la legislación que se emitió desde el Principado, desde principios de la imprenta hasta que nos lo permitió el decreto de Nueva Planta (1716). En ella encontraremos: Constituciones (1495, 1588 y 1705), las Constituciones de cada corte, los Capítulos de Corte, las actas de corte, las tarifas, los Libros de Cuatro Señales, o sea toda la legislación que se hizo desde Les Corts, y como no, desde la Diputación del General. También están todos los grandes comentaristas: Callís, Sarrovira, Olibà, Fontanella, Tristán, etc. Es el gran corpus jurídico de Cataluña.

    En esta colección encontraremos toda la legislación que se promulgó desde los diferentes reinos de la Corona de Aragón, salvo el Principado, serían: Aragón, València y Mallorca. La colección va desde el siglo XVI hasta que nos lo permitió el decreto de Nueva Planta. En ella encontraremos: Fueros del reino de Aragón, Fueros de València y las Ordinacions de Mallorca. También todo un conjunto de Pragmáticas, sobre todo de València, donde se podrá reseguir con plenitud la legislación histórica de la Corona catalanoaragonesa.

    La Mancomunidad fue la institución política catalana constituida por la unión de las cuatro diputaciones provinciales (1914-1923). Fue un organismo que tuvo gran importancia en diferentes sectores de la sociedad catalana como el de la recuperación de la lengua y tradiciones. También dedicó grandes esfuerzos a mejorar las comunicaciones viarias en el Principado, así como a la renovación pedagógica, la creación de bibliotecas. Y no se tiene que ningunear la tarea compilatoria a nivel legislativo, ya sea a nivel local, como de recuperación del Derecho consuetudinario catalán.

    • Colección Legislativa

    Es la primera recopilación moderna de toda la legislación que se produce en España. Tiene el título genérico de "Colección legislativa" puesto que a lo largo de los años tiene una variante infinita de título, pero siempre conserva el mismo formato. Empieza el 1814 con la publicación de los decretos de Fernando VII, hay una breve interrupción durante el Trienio Liberal (1820-1823), pero después sigue con total normalidad hasta 1904.

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